Facilitan el uso de productos fitosanitarios en cultivos menores a través de drones
La medida es para cultivos o usos menores; plagas bajo control oficial y nuevos métodos de aplicación.

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) simplificó la autorización para el uso de fitosanitarios en cultivos menores, en algunos casos con la utilización de Vehículos Aéreos No Tripulados (VANT), conocidos popularmente como drones.
El procedimiento general y actualizado está descripto en la resolución 869/2026, publicada hoy en el Boletín Oficial, con la que el Senasa busca establecer un mecanismo "más claro, accesible y ágil para el sector productivo".
La medida contempla tres situaciones: cultivos o usos menores; plagas bajo control oficial; y nuevos métodos de aplicación, entre ellos los drones.
Cultivos menores
En el caso de los cultivos menores -entre ellos legumbres, hortalizas, frutas, aromáticas y especias-, la normativa busca facilitar el acceso a herramientas fitosanitarias para producciones que, por su menor escala económica, pueden no contar con productos registrados para determinadas necesidades de control.
Las solicitudes podrán ser iniciadas por asociaciones de productores, cámaras, cooperativas, organismos públicos nacionales o provinciales, universidades e instituciones de investigación a través del correo electrónico dirabio@senasa.gob.ar y serán evaluadas por el organismo.
Una vez que la documentación requerida esté completa, el Senasa deberá emitir una respuesta en un plazo máximo de 90 días corridos.
Autorizaciones temporales
Para cultivos o usos menores, la normativa contempla además autorizaciones temporales por dos años cuando parte de la documentación técnica se encuentre pendiente, que deberá completarse dentro de ese período para su reevaluación.
Con esta normativa, se facilita, además, que aquellos productos que ya están registrados y autorizados para un cultivo, ante la solicitud y demostrando su eficacia, sean autorizados para otros cultivos.
Las autorizaciones otorgadas serán publicadas y actualizadas en el sitio web oficial del Organismo, facilitando el acceso a la información para productores, profesionales y demás actores del sector.

Incentivo comercial
En los considerandos de la resolución, el Senasa sostuvo que "subsisten en la práctica situaciones en las cuales, por la reducida escala económica de determinadas producciones típicamente identificadas como cultivos menores -legumbres, hortalizas, frutas, aromáticas y especias, entre otras-, las empresas registrantes carecen de incentivo comercial para tramitar por sí la ampliación de uso de productos fitosanitarios ya inscriptos en el mencionado Registro Nacional".
Esta situación los deja "sin herramientas fitosanitarias legalmente disponibles para el control de las plagas que afectan a dichos cultivos", por lo que "corresponde establecer un procedimiento general, permanente y actualizado que dé continuidad a dicho objetivo dentro del nuevo marco regulatorio".
Avance de plagas
Asimismo, advirtió que "en los últimos años se ha detectado un avance territorial significativo de plagas migratorias y transfronterizas en la región de Sudamérica, lo que ha motivado sucesivas declaraciones de Alertas y Emergencias Fitosanitarias".
Esa circunstancia, agregó, "exige contar con procedimientos ágiles para poner a disposición de los productores las herramientas terapéuticas necesarias para combatirlas, sin perjuicio de las exigencias técnicas, toxicológicas y ambientales aplicables".

