Mirabella busca aumentar las penas de prisión a seis años a los responsables de incendios en Humedales

06.10.2022

El diputado santafesino propuso mayores sanciones a los autores de incendios intencionales y a los que dañen o realicen modificaciones ilegales en los humedales

Roberto Mirabella, diputado nacional
Roberto Mirabella, diputado nacional

Con el proyecto de la Ley de Humedales en stand by por el lobby ganadero con el apoyo de los gobernadores de las provincias del norte, el diputado de Santa Fe, Roberto Mirabella presentó un proyecto de reforma del Código Penal para aumentar las sanciones a quienes provoquen incendios intencionales en zonas de humedales y reservas ambientales.

En ese sentido, propone incorporar penas explícitas de hasta seis años de prisión para quienes generen incendios en bosques nativos o pastizales naturales que causen daño al medio ambiente, con el objetivo de fortalecer la lucha contra los incendios en el Delta del Paraná y, también, brindar más herramientas al Poder Judicial modificando el artículo 186 bis del Código, señalaron desde el despacho del diputado.

"Sin dudas, la tipificación de este tipo de delitos es una asignatura pendiente en materia penal. Hasta hace no mucho tiempo atrás, la relación con el medio ambiente o la naturaleza se veía desde la perspectiva del derecho de la propiedad. Pero, en el marco de delitos contra la seguridad pública, debemos modernizar la normativa", explicó Mirabella.

"Las quemas en las islas del delta del Paraná están provocando una situación acuciante en todas las localidades aledañas. La provocación de incendios en ambientes cada vez más secos implican riesgos que ni la población ni la fauna deben soportar" consideró el diputado y agregó que "los humedales son un bien jurídico que debemos proteger tanto por las leyes ambientales como por leyes penales".

Es que hasta ahora, el Código Penal sólo contemplaba sanciones por incendios y por ello, en el proyecto se incorporan penas explícitas que van de un año hasta seis de prisión para quienes generen quemas en bosques nativos o pastizales naturales que causen daño al medio ambiente. Asimismo, el artículo 186 ter también propone sanciones a quienes dañen, drenen o rellenen humedales, lagunas, esteros, cenagales o pantanos; o modifiquen, alteren o eliminen cursos o espejos hídricos, entre otros.

En ese sentido, busca castigar a quienes tras los incendios, realizan movimientos de tierra, preparación de terrenos y construcción de terraplenes y caminos para emprendimientos productivos, en su mayoría ganaderos e inmobiliarios. Ayer martes, la asamblea ambiental "El Paraná no se toca" denunció la presencia de topadoras y maquinarias pesadas en zonas de las islas que fueron desbastadas por el fuego.

"Como sabemos, el disfrute y el ejercicio de gran cantidad de derechos humanos básicos, como el derecho a la salud, están profundamente vinculados a la protección del medio ambiente. Por eso, el acceso a un medio ambiente saludable es considerado un derecho humano autónomo por tribunales internacionales como la Corte Interamericana de Derechos Humanos", concluyó el Mirabella.

¿Te habrás preguntado alguna vez a dónde miran los chicos y chicas cuando practican deporte, y más concretamente cuando juegan al fútbol? Todos (o casi todos) miran al balón. Están inmersos en el juego de tal manera que sacarlos de esa situación resulta a veces complicado.