Santa Fe aprobó la "Ley Herbalife" que protege a consumidores de venta directa

11.11.2019

Es la primera provincia que legisla sobre la actividad comercial que mueve más de 45 mil millones anuales.

El diputado socialista Joaquín Blanco

La legislatura santafesina dio marco legal a la "venta directa" o "venta multinivel", el sistema que utilizan muchas cadenas internacionales para comercializar por afuera de los negocios, por catálogo como el caso de Avon, desde 1886, o a través de modalidades similares.

Tal es el caso de los productos para adelgazar Herbalife o la cosmética Nu Skin que requieren una inversión inicial para la compra de un stock mínimo de una canasta de productos de los cuales, algunos son muy caros y difíciles de vender.

Frente a esto, el diputado socialista, Joaquín Blanco, presentó un proyecto que esta semana se convirtió en ley con el objetivo de "dar la protección y garantía de los derechos de los revendedores independientes y los consumidores", sostiene los fundamentos.

"Esta actividad se incrementó muchísimo en los últimos años de recesión económica, sobre todo en mujeres que buscan una forma de aumentar sus ingresos y hasta ahora no tenían ningún reconocimiento jurídico", señaló Blanco, y agregó que "existen empresas que, escondidas detrás de estos modelos de negocios, pueden causarles grandes perjuicios económicos, como son los casos de venta piramidal, que son una estafa".

Según datos de la Cámara Argentina de Venta Directa (CAVEDI), en Argentina, se trata de un negocio que ronda los 45 mil millones de pesos anuales; e involucra unas 900 mil personas, del cual el 89% son mujeres.

"La Venta Directa se realiza fuera de locales comerciales establecidos, en los lugares de trabajo o domicilios particulares, a través de revendedores independientes que suelen hacer una explicación o demostración de los productos que comercializan a sus clientes", explicó el socialista.

En ese sentido, el diputado destacó que "las empresas tendrán prohibido incorporar cláusulas de exclusividad en los contratos así como obligar a sus revendedores a la compra o adquisición de un inventario mínimo, superior al pactado entre las partes".

Asimismo, que "los revendedores podrán finalizar el contrato de forma unilateral y en cualquier momento, con aviso previo de forma escrita, recibir información suficiente, clara y confiable y tener respuestas a todas sus consultas sobre las condiciones comerciales y la naturaleza jurídica del negocio al que se vinculan".

Para el control de que las condiciones se cumplan, la nueva ley creará un Registro Único y Obligatorio de Empresas de Venta Directa, bajo la órbita del Ministerio de Producción.

Además, se les exigirá que establezcan una oficina de atención en la Provincia de Santa Fe, abierta al público y de manera permanente, "para responder eventuales quejas y reclamos de consumidores y revendedores", dijo Blanco.

Santa Fe es la primera provincia en legislar una actividad y de imponer fuertes multas y sanciones a quienes las incumplan: Aquellas empresas que no se adecúen a la nueva norma dentro del año de su reglamentación, podrán ser sancionadas económicamente con penas que van desde los 10 mil hasta los 300 mil pesos, y se prevé hasta la cancelación de su autorización para funcionar.