Diputados aprobó la ley de alquileres después de cuatro años de debate
Fija contratos de 3 años, una indexación por salarios y precios y la ampliación de garantías. El Senado debe convertirlo en ley.

Diputados aprobó la ley de alquileres después de cuatro años de debate
La Cámara de Diputados aprobó la ley que regula los contratos de alquileres, un tema discutido durante toda la presidencia de Mauricio Macri y que el Senado podrá sancionarla antes de fin de año, si Alberto Ferández lo incluye su convocatoria a sesiones extraordinarias.
La ley fue aprobada con 191 votos a favor y 24 abstenciones, sin rechazos y con varios cambios en la redacción que no alteraron los principales beneficios a los inquilinos que se discutieron decenas de veces en comisiones.
"Pensemos que en Argentina hace 30 años que no hay una ley de alquileres. Se calcula que en el país hay 8 millones de personas que alquilan. Estamos saldando una deuda que teníamos con mucha gente", dijo el Daniel Lipovetzky, uno de los promotores de una ley que fue aprobada en el Senado en 2016 pero murió cajoneada en la Cámara baja.
Mauricio Macri pidió el año pasado tratarla en extraordinarias, pero luego se arrepintió. Lipovetzky reunió casi una decena de veces a inquilinos, corredores e inmobiliarias y después de la derrota de Macri en las primarias empujó hasta aprobarla.
"Está claro que en la relación entre locatario y locador existe una relación desequilibrada y ahí es donde la legislación puede intervenir para equilibrar la situación. También viene a corregir algunos de los abusos que se producen y que hemos recogido en base a los testimonios de los inquilinos", añadió.
Los principales beneficios para el inquilino son extender de 2 a 3 años el período de alquiler y un fuerte límite a las actualizaciones: sólo podrán ser anuales y considerando una fórmula que combine el índice de precios al consumidor (IPC) y la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE). El Banco Central deberá publicarlo cada mes.
Las garantías se amplían y ya no se restringirán a otra propiedad, sino a aval bancario, seguro de caución fianza o certificación de ingresos/recibo de sueldo. Ningún propietario podrá exigir una por sobre otra. El depósito de garantía no podrá ser más que un mes de alquiler y el reintegro debe ser inmediato a la devolución del inmueble y cualquier retención debe ser proporcional al daño o la deuda hallada.
Las partes pueden acordar una renovación tres meses antes de finalizar el contrato, que deberá ser declarado en la AFIP. Las expensas extraordinarias quedan a cargo del propietario y sólo los corredores matriculares pueden ser mediadores.
"La incidencia del alquiler en el sueldo fue del 47% durante 2019. Estamos dando un paso importantísimo en base al respeto de este derecho humano que es el acceso a la vivienda", celebró el cordobés Juan Brügge, de la democracia cristiana.
"El desafío es hacer un sistema que no sólo se ocupe de la coyuntura compleja, sino que perdure en el tiempo y que genere un mayor y mejor acceso a la vivienda". "Esto implica alcanzar un equilibrio entre las partes interesadas", resumió.

Los principales cambios que se aplicarán si se aprueba en el Senado:
- Los ajustes en los contratos deberán efectuarse utilizando un índice conformado por partes iguales por las variaciones mensuales de la inflación, según el índice de precios al consumidor que mide el Indec, y de los salarios, de acuerdo con el índice Ripte.
- Los contratos de alquiler se extenderán por un plazo mínimo de tres años. Por lo tanto, se extiende a un año más con respecto al plazo actual.
- Las expensas extraordinarias serán responsabilidad del propietario. Solo estarán a cargo del inquilino las expensas que incluyan los gastos habituales, que se vinculan a los servicios normales y permanentes independientemente de cómo sean considerados (expensas comunes ordinarias o extraordinarias).
- Se reducirá el depósito de garantía a un mes de alquiler. Una vez finalizado el contrato, se devolverá una suma equivalente al precio del último mes o la parte proporcional en caso de haberse acordado un depósito inferior a un mes de alquiler.
- Se contemplarán diversas opciones para facilitar las garantías para los inquilinos, no sólo a través de la garantía inmobiliaria. Entre ellas, aval bancario; seguro de caución; garantía de fianza; o garantía personal del inquilino (se documenta con recibo de sueldo o certificado de ingresos). El inquilino puede presentar al menos dos y el locador deberá aceptar una de las propuestas.
- Los inquilinos y propietarios deberán pagar las comisiones inmobiliarias correspondientes. En el caso de que intervenga un solo corredor inmobiliario, que es lo más habitual, ambos le deberán una comisión. Este era el punto que generaba más conflicto con las cámaras inmobiliarias, porque en los primeros borradores del proyecto se eliminaba la opción de cobrar comisión a los inquilinos.