Extienden el vencimiento de pago de las contribuciones patronales

10.04.2020

Será por un plazo de dos meses y beneficia al 56 por ciento de las empresas. Los empleados deberán registrarse por medio de la web de Afip

La medida busca amortiguar el impacto negativo por la suspensión de actividades

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió el plazo de pago de contribuciones patronales de abril por dos meses. La medida beneficia al 56 por ciento de las empresas y deberá gestionarse por medio de la web de la dependencia recaudadora.

La resolución 4693 con firma de Mercedes Marcó del Pont prevé una suspensión hasta junio, que impacta en 3,5 millones de trabajadores que se desempeñen en el listado de actividades del Programa de Asistencia en la Emergencia para el Trabajo y la Producción (ATP).

Así, el único requisito para acceder al beneficio será contar con la aprobación del Ministerio del Interior después de la inscripción en el sitio web de AFIP entre el 9 al 15 abril.

Cómo inscribirse:

  • Los empleadores deberán ingresar al sitio "web" institucional (https://www.afip.gob.ar) con su Clave Fiscal
  • Registrarse en el servicio "web" "Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción - ATP" entre los días 9 y 15 de abril de 2020, ambos inclusive
  • Suministrar entre los días 13 y 15 de abril de 2020, información económica relativa a sus actividades que el servicio "web" "Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción - ATP" requiera, a efectos de poder efectuar las evaluaciones previstas

De esta forma, quienes sean aprobados contarán con la postergación del vencimiento para el pago de las contribuciones patronales del período devengado, en tanto que deberán realizarlo según el cronograma que se establece de acuerdo a la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente:

Terminación

0, 1, 2 y 3 - 16/06/2020

4, 5 y 6 - 17/06/2020

7, 8 y 9 - 18/06/2020

La medida se suma a la reducción de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales al SIPA previsto en el Asistencia en la Emergencia para el Trabajo y la Producción (ATP), y busca atenuar las consecuencias por la disminución en la actividad productiva que "afecta de manera inmediata y aguda a las empresas", particularmente en Pymes.