Ganancias y monotributo: qué cambios incluyó el Senado dentro del paquete fiscal

31.05.2024

Los empleados de la Patagonia tendrán una escala distinta y se permitirá deducir los pagos de créditos hipotecarios. Cuál es la figura clave del monotributo que el Gobierno aceptó mantener tras negociar con la oposición

El Gobierno aceptó cambios en la redacción de la Ley Bases y el paquete fiscal para poder asegurarse la cantidad de firmas necesarias para oficializar el dictamen. Tras largos intercambios con la oposición, las modificaciones en los principales impuestos contemplados en la ley incluyen Ganancias, el monotributo, Bienes Personales, y el blanqueo de capitales, que era uno de los puntos más discutidos por el resto de los bloques.

El ida y vuelta entre La Libertad Avanza y las bancadas que aceptaron discutir la ley ómnibus y el paquete fiscal con cambios terminó por introducir variaciones que allanaron el camino para un apoyo general en comisiones. Las modificaciones no cambian el trazo grueso de las reformas, pero reajustan algunos artículos, agregan otros y "emprolijan" alcances, principalmente en el blanqueo, sobre el que pesaban cuestionamientos sobre qué ex funcionarios podían o no ingresar o si incluir a hermanos dentro de las prohibiciones.

Para Ganancias, uno de los cambios centrales es el que introduce un diferencial para los salarios de la zona patagónica, un reclamo reiterado de los gobernadores de esa región, que argumentaban que el costo de vida en las provincias del sur es más elevado, por lo que, si la vara desde la cual se cobra el impuesto es la misma unificada para todo el país, en términos prácticos los asalariados patagónicos hubiesen sido más afectados.

Por esa razón, el artículo 78 bis incorporado a la iniciativa plantea que "cuando se trate de empleados en relación de dependencia y jubilados que vivan en las provincias y/o, en su caso, partido, a que hace referencia el artículo 1° de la Ley 23.272 y sus modificaciones, las deducciones mencionadas en el artículo 30 se incrementarán en un 22% (veintidós por ciento)". La zona patagónica comprende La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, y el partido bonaerense de Patagones.

"Eso puede ser introducido por el Senado, Diputados lo puede aceptar, pero podría ser vetado. Milei dijo que si el Congreso sancionaba una ley que comprometía las finanzas, iba a vetarla. En este caso podría vetar el artículo. Aunque lo incorporen, si la decisión política del Gobierno es que no esté, puede que lo veten", dijo Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios.

Otro cambio es que habrá posibilidad de deducir los intereses que paga un deudor por créditos hipotecarios UVA, justo en semanas en que un grupo de bancos públicos y privados volvieron a ofrecer ese tipo de préstamos atados a la inflación más una tasa de interés adicional.

"Los sujetos indicados en el mismo podrán deducir el importe de los intereses correspondientes a créditos hipotecarios que les hubieren sido otorgados por la compra o la construcción de inmuebles destinados a casa habitación del contribuyente, o del causante en el caso de sucesiones indivisas, hasta el límite del CIEN POR CIENTO (100%) del importe correspondiente a la ganancia no imponible establecido en el inciso a) del artículo 30 de la presente ley". Ese monto, así, es de $3.091.035.

Si se aprueba el proyecto del Gobierno en el Senado -aunque después necesitará revalidación en Diputados-, los asalariados pagarán el impuesto a las ganancias a partir de una remuneración bruta mensual de $1.800.000 (en términos netos, es un salario de $1.494.000) si no aplican deducciones por cónyuge ni por hijos, ni tampoco por determinados gastos que podrán descontarse del ingreso a los fines del cálculo del tributo.

En el caso de un empleado soltero que tenga dos hijos menores a 18 años declarado a su cargo, el salario bruto más bajo alcanzado por el impuesto sería de $2.100.000, que equivale a un sueldo neto de 1.781.277,39 pesos. En el caso de un empleado casado con dos hijos menores a cargo, estará eximido del pago del impuesto con un salario bruto inferior a $2.400.000, es decir un sueldo neto de 2.081.277,39 pesos.

Monotributo

El artículo 100° del paquete fiscal prorroga la existencia de la figura del monotributo social, que había sido eliminada en la redacción original de la iniciativa, y que prevé para determinados sectores ligados a la economía popular que el componente de pago impositivo por formar parte del régimen simplificado sea más bajo que la categoría inicial del monotributo.

La supresión de ese esquema particular había levantado cuestionamientos durante la discusión en el recinto de la Cámara de Diputados por parte de distintos bloques opositores, que además plantearon que sostener el monotributo social no implicaba un impacto fiscal considerable.

"Cuando el pequeño contribuyente adherido al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) sea un sujeto inscripto en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Capital Humano y tenga una facturación anual menor al 50% de la Categoría A, no deberá ingresar el impuesto integrado contemplado en el artículo 11 del Anexo de la Ley N° 24.977″, plantea la norma modificada.

El Gobierno espera que el paquete fiscal le otorgue un refuerzo recaudatorio que le dé espacio para "aflojar" el recorte de gastos como vía para llegar al déficit cero. La recaudación solo de los cambios en Ganancias y monotributo, junto con anticipos de pagos de Bienes Personales de los próximos cinco años, le otorgarían al Poder Ejecutivo una recaudación extra cercana a los 2 billones de pesos. La mayor parte de esa recaudación extra sería dirigida a los gobernadores por la vía de coparticipación, en una proporción general de 60% y 40%, un factor clave en la negociación.

El proyecto del Gobierno actualiza los topes de facturación y cuotas, con subas de entre 300 y 330 por ciento. El ingreso tope anual sería de $68 millones y elimina la diferenciación entre actividades (comercio y servicios) para estar en el régimen simplificado. También, subirían los montos de toda la escala y los importes a pagar.

Los monotributistas de la categoría A, de menores ingresos, podrían facturar hasta $6.450.000 anuales. Para aquellos que se encuentren en la categoría K, la más alta, el monto asciende a 68 millones de pesos. Además, habría un aumento en importes que pagan mensualmente los monotributistas en concepto del impuesto integrado, y de los aportes al régimen jubilatorio y a la obra social.

Info: Mariano Boettner