La Justicia ordenó pesificar una deuda a valor de dólar "solidario"

27.10.2020

Autorizó a convertir en pesos el saldo por la compra de un inmueble que perteneció al empresario Emir Yoma

La Cámara Nacional en lo Comercial autorizó a convertir en pesos al valor del dólar "solidario" el saldo por la compra de un inmueble que perteneció al empresario Emir Yoma, que fue vendida en una subasta pública y cuyo precio fue pactado inicialmente en divisa extranjera.

La decisión fue tomada por la Sala A de la Cámara en el juicio ejecutivo que Fideicomiso de Recuperación Crediticia promovió hace algo más de dos décadas contra el excuñado y exasesor presidencial del actual senador Carlos Menem, señalaron fuentes judiciales.

Precio en dólares

El inmueble, que fue rematado a fines de 2019 en 1.295.000 dólares, y fue realizado por una compradora con la firma Carilino S.A. luego de pagar una seña del 30 por ciento en pesos, reclamó y obtuvo permiso judicial para cancelar el saldo en dólares a la cotización tipo vendedor del Banco de la Nación Argentina (BNA).

El Fideicomiso apeló la resolución de primera instancia argumentando que el precio había sido estipulado en la divisa extranjera, tal como había quedado consolidada la deuda y que en esa moneda fueron publicados los edictos judiciales con la publicidad legal de la subasta y se fijó el precio de remate.

La demandante expuso que aceptar que se complete el pago en pesos al tipo de cambio vendedor del BNA significaba una disminución del precio de venta, perjudicando a la acreedora que verá reducido el recupero de su crédito.

Cepo cambiario

El Fideicomiso manifestó que la imposibilidad de acceder a la moneda estadounidense "no es absoluta" ya que en el mercado cambiario existen diversos mecanismos que, sin confrontar con las leyes locales, permiten hacerse de esa divisa, a los que no se aplican las restricciones impuestas por la Comunicación A 6815 del Banco Central de la República Argentina.

La Sala A de la Cámara interpretó el artículo 765 del Código Civil y Comercial de la Nación y consideró que si se estipula una moneda que no sea de curso legal en el país, el deudor se libera de la obligación dando el equivalente en pesos.

Pero los camaristas Alfredo Kölliker Frers y María Elsa Uzal concluyeron que la posibilidad de acceder a la divisa extranjera se da cotizando el mismo al tipo de cambio del dólar "solidario", que toma el valor del BNA más un 30 por ciento

Utilizamos cookies para permitir un correcto funcionamiento y seguro en nuestra página web, y para ofrecer la mejor experiencia posible al usuario.

Configuración avanzada

Puedes personalizar tus preferencias de cookies aquí. Habilita o deshabilita las siguientes categorías y guarda tu selección.

Las cookies esenciales son imprescindibles para que la página y el sistema de registro funcionen de forma correcta y segura.
Las cookies funcionales recuerdan tus preferencias para nuestra web y permiten su personalización.
Las cookies de rendimiento regulan el comportamiento de nuestra página web.
Las cookies de marketing nos permiten medir y analizar el rendimiento de nuestra página web.