La Municipalidad intima a las empresas a cumplir el servicio con las frecuencias y unidades correspondientes
12.03.2020
Fue a través de un documento firmado por Diego Dlugovitzky, subsecretario de Transporte de la Secretaría de Seguridad Vial, Movilidad y Ordenamiento Urbano de la comuna.

En el mismo, además, se le otorga el plazo de cinco días a fin de realizar el descargo pertinente, respecto a lo ocurrido en el día de la fecha con relación a las falencias en la prestación del servicio.
Cabe aclarar que las empresas concesionarias del servicio se
encuentran obligadas, conforme al Art. 51 In. c a) de la Ordenanza 9.546 a
cumplir con los itinerarios, horarios, cantidad y calidad de los vehículos,
frecuencias y demás aspectos relacionados con el servicio que han sido
propuestos o fijados como requisitos en el llamado a Licitación Pública para
adjudicarlo.